Según la
Directiva Europea de Productos para la Construcción 89/106/CEE, deben contar
con el Marcado CE “todos los productos fabricados para ser incorporados de
forma permanente en obras de construcción, tanto edificación como obra civil,
en todo el mercado interior de la Unión Europea”.
El marcado CE es una
declaración legal del fabricante de estructuras metálicas de que su producto
cumple con la Norma Europea EN-1090-1.
La norma europea EN
1090-1 debía ser de obligado cumplimiento el 1 de Julio de 2012, no obstante
fue demorada por dos años, por lo que el marcado CE de las estructuras
metálicas será obligatorio y exigible a partir del 1 de Julio de 2014.
Si su empresa
fabrica productos metálicos soldados en el entorno europeo debe de adecuarse a
la normativa vigente que le obliga a cumplir con una serie de requisitos:
EN-1090:2
El soldeo debe
realizarse de acuerdo a los requisitos de la norma EN ISO 3834 o EN ISO 14554.
El soldeo debe
realizarse con procedimientos cualificados utilizando un WPS de acuerdo a las
normas específicas. La validez de estos procedimientos puede ser establecidos
por periodos inferiores a tres años en función del tipo de acero.
Los soldadores deben
estar cualificados de acuerdo a la Norma EN 287-1 o EN-1418.
La coordinación del
soldeo debe realizarse en función del tipo de producto por personal cualificado
según EN ISO 14731.
RD 751/2011-EAE
El soldeo deberá
realizarse de acuerdo a un procedimiento cualificado EN ISO 15609-1.
Los soldadores
deberán estar cualificados según UNE-EN 287-1 o EN 1418.
El coordinador de
soldeo debe tener capacitación profesional y experiencia acorde con el proceso de
soldeo del que es responsable, según indica UNE-EN ISO 14731.
La comprobación de la
ejecución de soldadura debe realizar un inspector de construcciones soldadas de
nivel 2 según UNE 14618
Para poder
comercializar e introducir en el mercado un producto, éste debe de cumplir con
determinados requisitos básicos. El fabricante debe asegurarse de que su
producto es conforme con los requisitos aplicables: para ello efectuará o
pedirá que se efectúe un procedimiento de evaluación de conformidad del
producto.
Antes del 1 de Julio
del 2014 los fabricantes de estructuras metálicas deberán:
-
Desarrollar los Ensayos o Cálculos iniciales de Tipo.
- Implantar
el Control de Producción en Fábrica (CPF)
- Realizar
la Homologación de soldadores.
- Designar
un Coordinador de Soldadura.
Cuando el
sistema esté correctamente implantado deberá someterlo a un Sistema de
Evaluación de la Conformidad 2+, que incluye la certificación del Control de
Producción en Fábrica (CPF) por un Organismo Notificado. En el caso de que
cumpla con las exigencias requeridas, podrá obtener el Marcado CE de
Estructuras Metálicas.
Cumpliendo el MARCADO
CE de estructuras metálicas su compañia estará preparada para:
Obtener una ventaja competitiva en relación con su competencia.
Podrá
comercializar sus productos dentro de la UE.
Aumentará la
confianza de sus clientes al asegurar la calidad y seguridad de sus productos.
Demostrará que cumple
con la legislación que le es de aplicación en conformidad de su producto.